El Concejo de Rosario avanzó con cambios al Código de Convivencia para sancionar la venta de vapeadores y productos de tabaco a menores de 18 años
El Código de Convivencia de Rosario incorporará nuevas sanciones para quienes vendan o entreguen gratuitamente vapeadores, cigarrillos electrónicos y otros productos vinculados al tabaco a menores de 18 años. La modificación obtuvo despacho en la comisión de Gobierno del Concejo Municipal y establece multas de entre 75 y 375 unidades fijas (UF), además de posibles clausuras. La iniciativa fue propuesta por la concejala Carolina Labayru.
La reforma alcanza los artículos 221, 222 y 223. El primero incorpora penalidades para la comercialización o distribución gratuita a menores de cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado, vapeadores, vaporizadores personales y dispositivos destinados a inhalar vapores o aerosoles, tengan o no nicotina.
El artículo 222 amplía las obligaciones de señalización en espacios donde está prohibido fumar. Desde ahora, también deberá advertirse sobre la prohibición de utilizar esos dispositivos. El incumplimiento contempla multas de 25 a 200 UF y clausuras de hasta 30 días.
La tercera modificación alcanza a las máquinas expendedoras y suma los dispositivos electrónicos entre los elementos cuya comercialización automática quedará sancionada.
Durante la misma reunión, el concejal Leonardo Caruana presentó un proyecto para que el Ejecutivo municipal elabore un protocolo frente a situaciones de hostigamiento o extorsión vinculadas con deudas.
La propuesta contempla prevención, asistencia y seguimiento, con participación de la Oficina Municipal de Derechos Ciudadanos, la Defensoría del Pueblo, Centros Territoriales de Denuncias, el MPA y la Central de Emergencias del 911.
El proyecto quedó en estudio, mientras que las modificaciones al Código de Convivencia de Rosario deberán continuar su recorrido legislativo antes de convertirse en norma










